Caturgua en terreno

Residentes que salgan del país y regresen vía terrestre estarán sometidos a medidas sanitarias

  • Tendrán que acatar una orden sanitaria de 14 días, la cual deberán cumplir a cabalidad durante su permanencia en el país.
  • Incumplir orden se sanciona con una multa de ₡464.300.
  • Deberán contar con seguro vigente de la CCSS, o en su defecto un seguro de viaje que debe cubrir al menos los gastos de alojamiento y médicos generados por la COVID-19.
  • Se debe completar el formulario “Pase de Salud” disponible en el link: https://salud.go.cr.

 

El gobierno de la República le recuerda a la población que las personas extranjeras que salgan del país y regresen por vía terrestre estarán sujetos a una orden sanitaria de aislamiento por el plazo de 14 días de acatamiento obligatorio, la cual deberán cumplir a cabalidad durante su permanencia en el país, lo que implica que no podrán salir para trabajar y ninguna otra actividad.

 

De incumplir la orden serán sancionados con una multa de un salario base de un oficinista 1 del Poder Judicial (corresponde actualmente a la suma de 464.300).

 

Esta medida aplica para las personas que cuenten con una permanencia legal autorizada bajo las categorías migratorias de residencia permanente, temporal, especiales o no residentes subcategoría estancia con el fin de prevenir la propagación del virus del SARS-CoV-2.

 

Adicionalmente deberán completar el formulario “Pase de Salud” (disponible en el link: https://salud.go.cr), presentar su Documento de Identificación Migratorio para Personas Extranjeras vigente (DIMEX) o resolución notificada, en los términos establecidos por la Dirección General de Migración y Extranjería vía resolución para tales efectos.

 

Deberán contar con un seguro vigente de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), o en su defecto un seguro de viaje ofrecidos por alguna de las aseguradoras autorizadas por la Superintendencia General de Seguros en Costa Rica y debidamente registrado ante dicha autoridad.

 

Este seguro tendrá que cubrir al menos los gastos de alojamiento y médicos generados en caso de infectarse por la enfermedad COVID-19, equivalentes a los costos de internamiento en un hospital con un mínimo de cobertura de 22 días, así como gastos de hospedaje por ese mismo plazo mínimo.

 

Estas medidas deben ser cumplidas sin excepción, y se realizan en el marco de las medidas que mantiene el Gobierno de la República para evitar la propagación del COVID-19. Para consultar estas y otras medidas puede consultar el sitio presidencia.go.cr/alertas.

 

 

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